Sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos declara ilegales los aranceles recíprocos impuestos por el presidente Trump
- Legal Export

- 5 mar
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Compartimos una columna de opinión elaborada por el abogado de Legal Export, Eduardo Fernández, donde analiza la reciente sentencia de la Corte Suprema de Estados Unidos que declaró ilegales los aranceles recíprocos impuestos durante la administración de Donald Trump, así como las implicancias legales para los importadores y los mecanismos para solicitar la restitución de los montos pagados.
Un duro revés sufrió la Administración del Presidente Donald Trump el pasado 20 de febrero de 2026, cuando la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió por 6 votos contra 3 que los aranceles recíprocos impuestos en la denominada “Guerra Arancelaria” eran ilegales y que, el Presidente bajo la “Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional” de 1977 (International Emergency Economic Powers Act, IEEPA) se habría extralimitado en sus potestades imponiendo aranceles que son competencia del Congreso Estadounidense.
A la fecha de declaración de ilegalidad de los aranceles, se estima que lo recaudado por su imposición ascendía a Al menos USD 170.000 millones de dólares estadounidenses (según datos de Fortune) para el año fiscal 2025.
Ante esta situación, la Administración de Estados Unidos inmediatamente reaccionó informando la aplicación de un nuevo gravamen universal del 10% en las importaciones durante el plazo de 150 días habilitado en la “Section 122 de la Ley de Comercio” de 1974 (Trade Act), el cual luego aumentó al 15%.
Se estima que 300.000 importadores pagaron aranceles recíprocos mientras estos estuvieron vigentes, y hasta el momento, al menos 2.000 (entre ellos FedEx) han iniciado acciones judiciales persiguiendo la restitución de estos aranceles. Si bien la Corte Suprema declaró ilegal la medida, no se pronunció sobre mecanismo alguno para hacer efectiva la restitución de lo ya pagado. En estas demandas, figuran como demandados el Gobierno estadounidense, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y su comisionado, Rodney Scott.
Recientemente, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Circuito Federal, ordenó que el expediente que dio origen al procedimiento que culminó con la declaración de ilegalidad de los aranceles recíprocos, sea remitido nuevamente al Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos. En definitiva, al haber sido declarados ilegales los aranceles, estos deben de ser restituidos, lo que particularmente beneficiará a los pequeños importadores, contribuyendo a un mayor impulso económico para este 2026.
Ahora bien, ¿cómo pueden recuperar estos aranceles las empresas que los hayan pagado?
En primer término, es un requisito que el importador debidamente registrado, es decir, aquel que figura en los documentos aduaneros estadounidenses, sea quien efectúa la reclamación. Él es el único legitimado activo para solicitar la restitución. Recordemos que esta aranceles se aplicaba a importaciones.
Para proceder con la solicitud de restitución, es obligatorio presentar una demanda bajo el 28 U.S. Code § 1581 (I) - Civil actions against the United States and agencies and officers thereof, ante el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos con sede en New York, el cual es el único órgano jurisdiccional competente para conocer de los asuntos de aranceles impuesto bajo la IEEPA.
Esta demanda, debe ser presentada dentro del plazo de dos años, posterior a haberse efectuado el pago ilegal según la legislación comercial de Estados Unidos, sin necesidad de reclamación administrativa previa. Por el momento, dentro de las demandas (hasta el momento más de 1.000) que han sido presentadas ante el Tribunal de Comercio, no existe certeza sobre si procederá una acción colectiva (class action) o si las reclamaciones deberán tramitarse por separado.
Es recomendable para el importador conservar toda la documentación relativa a estos pagos; cualquier tipo de declaración de ingreso o entrada aduanera de las mercancías, liquidaciones, registros y comprobantes de pago de los aranceles, entre otros.
¿Existe algún precedente sobre devolución de algún gravamen declarado ilegal en Estados Unidos? Sí, en 1998 la Corte Suprema declaró inconstitucional parte un impuesto de mantenimiento portuario. El Tribunal de Comercio supervisó el proceso de reembolso que incluyó a más de 100.000 demandantes.
Al respecto se prevé una postura intransigente por parte del Tribunal de Comercio solicitándole un plan de pago a la Administración del presidente Trump, en definitiva, que exponga cómo pretender efectuar los reembolsos, los cuales según cálculos de Penn Whatrton Budget Model podrían ascender a USD 175.000 millones.




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